La Justicia fijó un límite del 20% a los descuentos por préstamos en el sueldo de una portera de Cipolletti
Una resolución de la Justicia civil de Cipolletti estableció un límite del 20% para los descuentos por préstamos que se aplicaban sobre el sueldo de una portera de escuela, luego de comprobarse que las retenciones de distintas entidades mutuales y crediticias habían llegado a consumir la totalidad de sus ingresos netos.
La medida cautelar ordenó al Departamento de Liquidaciones del Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro que limite los descuentos automáticos destinados a las entidades demandadas. El objetivo es preservar el carácter alimentario del salario y evitar que las obligaciones financieras comprometan los ingresos necesarios para la subsistencia de la trabajadora y su familia.
La acción judicial fue promovida por la empleada con el patrocinio del defensor oficial Matías Vidovic, titular de la Defensoría de Pobres y Ausentes N.º 9. Según se expuso en la presentación, durante el mes de agosto los débitos por préstamos absorbieron la totalidad de su sueldo neto.
La mujer explicó que había celebrado sucesivos contratos de crédito por vía telefónica y digital, pero que no recibió copias de los acuerdos ni información clara sobre las tasas de interés, los costos financieros, las cuotas y los saldos pendientes.
El fallo también tuvo en cuenta su situación familiar: es viuda, jefa de hogar y convive con su hija mayor y un nieto menor de edad, en un contexto de sobreendeudamiento que afectaba la estabilidad económica del grupo familiar.
Cómo se aplicará el límite a los descuentos
La resolución establece que las retenciones destinadas a las entidades demandadas no podrán superar el 20% del haber neto, una vez descontados los aportes legales obligatorios. Cuando existan débitos vigentes de distintas empresas, el porcentaje deberá distribuirse proporcionalmente entre ellas.
Quedaron excluidos de esta limitación los descuentos correspondientes a la obra social, las cuotas sindicales y los coseguros, por tratarse de conceptos vinculados con prestaciones y servicios esenciales.
En su presentación, el defensor Vidovic sostuvo que los préstamos deben otorgarse luego de evaluar la capacidad de pago de las personas y que los descuentos automáticos no pueden comprometer los ingresos destinados a cubrir las necesidades básicas.
También señaló que tanto la Justicia civil como la laboral vienen interviniendo en casos similares, con resoluciones orientadas a limitar las retenciones salariales.
Al analizar el planteo, el juez consideró que, aunque los créditos habían sido tomados voluntariamente, los descuentos sucesivos afectaban de manera desproporcionada los ingresos mínimos de subsistencia. Además, ponderó la necesidad de aplicar una perspectiva de género y proteger la estabilidad económica de la trabajadora frente al riesgo crediticio asumido por las entidades proveedoras.
La resolución corresponde a una medida de primera instancia y todavía no se encuentra firme, ya que puede ser apelada.
Dónde acceder a la Defensa Pública en Cipolletti
Las personas que necesiten asesoramiento pueden concurrir al Centro de Acceso a la Defensa Pública (CADEP), ubicado en el primer piso de Roca y Sarmiento.
La atención presencial es de lunes a viernes, de 7.30 a 13.30. También se puede realizar consultas por WhatsApp al 2996 31-1684.