El Banco Nación ofrece financiamiento preferencial y beneficios a empresas que lo elijan para el FAL
El Banco Nación lanzó una propuesta comercial con condiciones preferenciales de financiamiento y beneficios exclusivos para PyMEs y grandes compañías que elijan a la entidad para implementar el Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
La iniciativa “busca potenciar la actividad económica, impulsar la inversión y fortalecer la generación de empleo en todo el país” y propone “acompañar a las empresas en esta nueva etapa, fortalecer el vínculo con los clientes de la entidad y sumar nuevas compañías”, según explicaron desde la entidad financiera.
Entre los principales ejes de la medida se destaca el reintegro del 100% de la comisión de administración del FAL hasta el 31 de diciembre de 2027. Además, las empresas podrán acceder a tasas preferenciales con una bonificación de hasta 3 puntos porcentuales en operaciones de descuento de cheques, capital de trabajo e inversión.
La oferta comercial también incorpora beneficios para los trabajadores que acrediten sus haberes en la entidad, otorgando una bonificación de 5 puntos porcentuales en préstamos personales Plan Sueldo.
En paralelo, la propuesta anunciada por el BNA para acompañar la implementación del FAL contempla para las medianas y grandes empresas condiciones comerciales especiales en operaciones Call.
Con este conjunto de incentivos, el Banco Nación “reafirma su compromiso con el desarrollo productivo, acompañando a las empresas con herramientas financieras que contribuyan a sostener la actividad, promover la inversión y generar más empleo en todo el país”.
El FAL es un esquema que permite a las empresas constituir un fondo con aportes mensuales destinado a cubrir eventuales obligaciones laborales ante la finalización del vínculo. Puede aplicarse a las indemnizaciones previstas en la Ley de Contrato de Trabajo, como despido, preaviso, integración, fuerza mayor, incapacidad, fallecimiento, mutuo acuerdo y otros supuestos contemplados por la legislación laboral.
El régimen comienza a aplicarse el 1 de noviembre de 2026 y es de carácter obligatorio para los empleadores del sector privado, incluidas las entidades sin fines de lucro, de acuerdo con la normativa aplicable. Cada empresa puede elegir la alternativa que mejor se adapte a sus necesidades entre las opciones disponibles en entidades habilitadas.
El aporte al FAL es del 1% para grandes empresas y del 2,5% para PyMEs, calculado sobre la remuneración de los trabajadores registrada para las contribuciones a la seguridad social. Estos porcentajes pueden modificarse según la normativa vigente.
Ante una desvinculación, el empleador declara el monto a transferir, ya sea total o parcial, siendo responsable del cálculo de la indemnización. Si el fondo no alcanza para cubrir la obligación correspondiente, el empleador deberá responder por la diferencia.
Los fondos cuentan con protección legal específica y solo pueden utilizarse para los fines previstos. Tienen carácter inembargable y no pueden destinarse a otros usos, lo que asegura su disponibilidad para cubrir obligaciones laborales.
Los rendimientos del fondo están exentos del Impuesto a las Ganancias, las operaciones no están alcanzadas por IVA y están exentas del impuesto a los débitos y créditos bancarios, conforme a la normativa vigente.
Agencia NA