2026-10-03

Río Negro busca ampliar la protección de menores frente al grooming y la violencia digital

Un proyecto presentado en la Legislatura propone actualizar la Ley F N.º 4986 para incorporar herramientas de prevención y asistencia frente a nuevas modalidades como la sextorsión, la suplantación de identidad y el uso de inteligencia artificial para crear o manipular contenidos.

Un proyecto ingresado en la Legislatura de Río Negro propone actualizar la normativa provincial para fortalecer la prevención y el abordaje del grooming y otras formas de violencia sexual digital que afectan a niñas, niños y adolescentes.

La iniciativa plantea modificaciones a la Ley F N.º 4986, vigente desde 2014, con el objetivo de adaptar las herramientas de prevención, capacitación y asistencia a los cambios tecnológicos de los últimos años.

El proyecto advierte que el grooming puede exceder el contacto inicial entre una persona adulta y un menor a través de internet. A partir de ese vínculo pueden desarrollarse situaciones de manipulación, intimidación, amenazas y coerción sexual.

Entre las modalidades contempladas aparecen la obtención de imágenes o videos íntimos, las amenazas de difusión y la exigencia de generar nuevos contenidos, prácticas asociadas a situaciones de sextorsión.

El impacto de la inteligencia artificial

Uno de los aspectos centrales de la propuesta está relacionado con el avance de las herramientas de inteligencia artificial y tecnologías generativas, capaces de crear o modificar imágenes, videos, audios, voces e identidades.

Según los fundamentos, una fotografía que originalmente no tenía contenido sexual puede ser manipulada para generar una representación sexualizada falsa. También pueden utilizarse identidades simuladas durante el proceso de captación o materiales auténticos que luego sean modificados para intimidar o extorsionar a una víctima.

Los autores del proyecto remarcan que el carácter artificial o falso de una imagen no elimina el impacto que puede generar sobre la persona representada.

La iniciativa también considera la permanencia de este tipo de contenidos en internet. Imágenes, videos y audios pueden ser almacenados, compartidos, reproducidos o volver a circular tiempo después, incluso como mecanismo para continuar ejerciendo amenazas.

Coerción sexual sin contacto físico

El proyecto busca además contemplar expresamente aquellas situaciones en las que una niña, niño o adolescente sea manipulado, intimidado o coaccionado mediante herramientas digitales para producir o transmitir contenido sexual, aun cuando no exista contacto físico con el agresor.

Los fundamentos citan como antecedente una causa resuelta en abril de 2026 por el Tribunal en lo Criminal N.º 4 del Departamento Judicial de Morón, relacionada con grooming y violencia digital.

A partir de estos casos, los impulsores plantean que la tecnología no solo puede ser utilizada para establecer el primer contacto con un menor, sino también para ejercer posteriormente mecanismos de manipulación, intimidación o coerción.

Qué modificaciones plantea el proyecto

La propuesta incorpora entre los objetivos de la Ley F N.º 4986 la prevención y detección temprana de situaciones de captación, manipulación, intimidación, extorsión o coerción de naturaleza sexual vinculadas con el grooming y desarrolladas mediante tecnologías.

También plantea sumar contenidos específicos a las acciones de información, prevención y capacitación sobre:

  • Sextorsión.
  • Suplantación o simulación de identidad.
  • Uso de inteligencia artificial y tecnologías generativas.
  • Creación o manipulación de imágenes, videos, audios y voces.
  • Utilización de contenidos digitales con fines sexuales, intimidatorios o extorsivos.

Además, se propone brindar herramientas adecuadas a cada edad para que niñas, niños y adolescentes puedan identificar situaciones de coerción sexual digital, conocer los canales de asistencia y saber cómo realizar una denuncia.

Buscan facilitar la preservación de pruebas digitales

Otro de los cambios propuestos está relacionado con la asistencia a las víctimas y sus familias.

La iniciativa plantea brindar orientación para preservar correctamente mensajes, comunicaciones, imágenes, videos, audios, perfiles e identificadores digitales que puedan convertirse posteriormente en elementos de prueba.

El objetivo es evitar que, por desconocimiento, se elimine o altere información que pueda resultar relevante para una investigación, sin interferir en las competencias de la Justicia y el Ministerio Público.

También se contempla acompañamiento ante situaciones de intimidación, extorsión o coerción sexual, incluso cuando las amenazas involucren material auténtico, manipulado o generado mediante inteligencia artificial.

La propuesta no crea nuevos delitos

El proyecto aclara que no busca modificar la definición de grooming contemplada en la legislación vigente y vinculada con el artículo 131 del Código Penal.

Tampoco propone crear nuevos delitos, organismos, registros o estructuras administrativas.

El objetivo es actualizar las herramientas preventivas, educativas y asistenciales previstas en Río Negro desde la sanción de la Ley F N.º 4986, incorporando problemáticas surgidas o profundizadas con el desarrollo de nuevas tecnologías.

La iniciativa lleva las firmas de Lorena Matzen, Ariel Bernatene, Yolanda Mansilla, Aimé Kircher, Maricel Cévoli, Silvia Morales, Marcelo Szczygol, Daniela Agostino, Roberta Scavo, Fernando Frugoni, Javier Acevedo, Luis Ivancich, Daniel Belloso, Leandro García, Alejandra Mas, Pedro Dantas, Ayelén Spósito, Luciano Delgado Sempé, José Luis Berros, Magdalena Odarda y Fabián Pilquinao y Ofelia Stupenengo.

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